Una buena práctica médica
La ley de muerte digna (ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte) aprobada por el parlamento andaluz da cobertura legal al derecho de los pacientes a rechazar el ensañamiento terapéutico y excluye la eutanasia y el suicidio asistido.
Los andaluces podrán morir sin dolor
En Andalucía los pacientes tendrán libre voluntad para delimitar los cuidados médicos que quieren recibir ya que les asistirá el derecho a impedir que se intente prolongar su vida con tratamientos innecesarios.
La nueva ley regula todo el proceso de la muerte:
- Asegura garantías sanitarias a los enfermos terminales
- Garantiza la dignidad en el momento de la muerte
- Respalda a los profesionales sanitarios que intervengan en dicho proceso
Se regula la limitación del esfuerzo terapéutico, el rechazo del tratamiento y la sedación paliativa y no se contempla la objeción de conciencia, estrechamente vinculada a las creencias religiosas y morales, que el PP, el Consejo de Colegios de Médicos de Andalucía y la Conferencia Episcopal pretendían. “Las prácticas que se recogen en el proyecto de ley están “despenalizadas”. “Éticamente, es una buena práctica médica (…) ¿A qué se objetaría?” (doctor Montes).
En el Parlamento Andaluz se les tuvo que recordar a los parlamentarios populares que la objeción de conciencia es competencia estatal no autonómica por lo que no tiene cabida en esta ley. Además resultaría absurdo, como resalta el doctor Montes cualquier tipo de objeción ante las buenas prácticas clínicas y los derechos indisputables del paciente que regula esta ley.
Los profesionales que atiendan al enfermo en estado terminal tendrán que respetar sus decisiones dejando a un lado la moral, la religión y la filosofía, en suma cualquier tipo de referencia cultural, moral o ética. En los centros sanitarios se creerán comités de ética que tendrán únicamente carácter consultivo.
Los tres artículos de la discordia
Tres artículos suscitaron la oposición del PP que se movió en torno a esta ley en el farragoso terreno de la ambigüedad:
- El deber de los médicos a abstenerse de imponer sus propias creencias sobre las del paciente
- La obligación de los profesionales de limitar el esfuerzo terapéutico
- La regulación de los comités de ética que se crearán en todos los centros sanitarios
El testamento vital de la Conferencia Episcopal
“Pido que si por mi enfermedad llegara a estar en situación crítica irrecuperable, no se me mantenga en vida por medio de tratamientos desproporcionados; que no se me aplique la eutanasia activa, ni que se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte; que se me administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos”. Este párrafo es un extracto del testamento vital católico que la Conferencia Episcopal expone en su web y que nos conduce a una pregunta inevitable: ¿Por qué los obispos rechazan una ley que regula lo que ellos mismos defienden?






Pilar Rego es gallega, diplomada en Educación Social, bloguera, cercana al agnosticismo, defensora de la igualdad en todos los ámbitos de la vida y por ello inevitablemente feminista.
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